El Supremo mantiene la orden de detencion contra Puigdemont tras la publicacion de la ley de amnistia : Noticias de España

Trasladaron que, a su juicio, la malversacion cometida en el proces no encajaba dentro de la medida de gracia y por tanto estos hechos no son amnistiables. Ahora que el Supremo ha abierto el plazo de las alegaciones, la Fiscalia, que no tenia pensado actuar de oficio, tiene que dar una respuesta. El primer paso, segun fuentes cercanas al Ministerio Publico, es que los fiscales del proces expongan su planteamiento ante la Fiscalia General. Si resulta que Álvaro Garcia Ortiz no concuerda con ellos, puede ordenar que actuen en sentido contrario, dado que preside un organo jerarquico.
Pero, en caso de que los fiscales del proces consideren que la orden recibida es contraria a la ley, podran llevarla a debate ante la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, que llegaran a una conclusion no vinculante. En definitiva, el fiscal general tiene la ultima palabra.
Susana Polo y el terrorismo de Tsunami
La magistrada Polo abrio a finales de febrero una causa contra Carles Puigdemont y el diputado de ERC Ruben Wagensberg por terrorismo. Lo hizo tras una peticion del instructor de la Audiencia Nacional Manuel Garcia Castellon, que encontro indicios de este delito en la actuacion de ambos y, al estar aforados, estimo que el tribunal competente para continuar con esa parte de su investigacion era el Supremo. Los dos instructores han dado ya un plazo de diez dias a las partes para pronunciarse.
El juez de la Audiencia Nacional investiga a los imputados en la causa de Tsunami Democràtic que no estan aforados, entre ellos a Marta Rovira. Lo que deben discernir tanto Garcia Castellon como Susana Polo es si el presunto terrorismo cometido durante las protestas contra la sentencia del proces encaja dentro de la ley de amnistia.
A lo largo de su tramitacion, los impulsores de la norma han cambiado varias veces su formulacion en lo referido a los delitos de terrorismo. Tal y como ha quedado reflejado en el BOE, quedaran fuera del olvido juridico los actos terroristas “siempre que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los articulos 2 y 3 del Convenio Europeo para la proteccion de Derechos Humanos y de Libertades Fundamentales”.

