El Supremo confirma el procesamiento de Puigdemont y reprocha al Gobierno crear una “grieta” que deje impune otro 1-O : Noticias de España
Por un lado, la sala presidida por el magistrado Vicente Magro ha rechazado la tesis de Vox, que abogaba por sumar los desordenes publicos al procesamiento por desobediencia y malversacion. La Sala de Apelacion se ha ceñido al criterio del juez instructor al señalar que “no cabe transformar la sedicion en el delito de desordenes publicos” recogido en el articulo 557 del Codigo Penal.
Una vez mas, el alto tribunal concluye que la reforma legal que impulso el Gobierno de Pedro Sanchez da lugar a un “espacio de impunidad”, una “grieta” que “puede alojar en el futuro conductas gravemente atentatorias al sistema constitucional”.
Y, segun señala el Supremo, la Justicia se queda atada de manos frente a este vacio en la ley: “Cualquier intento de lograr una forzada adaptacion de la tipicidad podria ser contrario a los principios que legitiman la aplicacion de la norma penal, en la medida en que nos obligaria a una inferencia excesivamente audaz acerca de la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos que exige la nueva redaccion del articulo 557 del Codigo Penal”.
Asi las cosas, los magistrados han confirmado la resolucion que el magistrado instructor dicto a principios de año. La decision ha trascendido este jueves, despues de que el pasado 8 de junio se celebrara una vista de apelacion en el Supremo.
El Supremo reabre la investigacion a la ACM
La Fiscalia presento una querella contra ellos ante el Juzgado de Instruccion Numero 16 de Barcelona, que la admitio a tramite. Sin embargo, en julio de 2021, la Audiencia de Barcelona acordo el sobreseimiento de la causa tras estimar los recursos de los investigados. Dichos recursos alegaban que el juez instructor habia vulnerado derechos fundamentales de los investigados, tales como los de defensa e intimidad. Pero el fiscal recurrio la admision de esos recursos y el archivo acordado por la Audiencia Provincial ante el Supremo, que ahora le da la razon.
El alto tribunal rechaza que se hayan vulnerado los derechos fundamentales de los querellados y señala que estos podran llevar a cabo “todas las alegaciones que consideren necesarias” una vez sean llamados a declarar.