Justicia considera inconstitucionales nuevos requisitos para la otorgacion de escrituras de bienes inmuebles : Noticias de Puerto Rico
El Departamento de Justicia considera que las enmiendas a la Ley Notarial, aprobadas mediante la Ley para la Estabilizacion de las Finanzas Publicas de Puerto Rico, son inconstitucionales, por lo que la agencia se allano a la demanda presentada por la Asociacion de Abogados de Puerto Rico para que se declare su nulidad.
Dicha disposicion crea nuevos requisitos en la otorgacion de escrituras de segregacion, agrupacion o traslacion de dominio de bienes inmuebles. De modo tal, que la planilla informativa que se requiere para la otorgacion de estas escrituras debe incluir el precio de tasacion, acompañado de la tasacion de un Evaluador Profesional Autorizado, debidamente licenciado en Puerto Rico, un plano de mensura y un estudio de titulo de la propiedad que se trate.
El analisis realizado por el Departamento de Justicia esta basado en la seccion 17 del Articulo III de la Constitucion de Puerto Rico, que establece la llamada doctrina de una ley, un asunto, la cual exige que toda ley aprobada por la Asamblea Legislativa regule un solo asunto o materia. Su incumplimiento es motivo para anular el estatuto.
La mocion de Justicia explica que la enmienda no guarda relacion con “los cambios al sistema contributivo” contenidos la Ley para la Estabilizacion de las Finanzas Publicas de Puerto Rico.
Las nuevas exigencias han sido cuestionadas por diferentes sectores porque podrian representar un costo oneroso a todo aquel ciudadano que desee vender su propiedad, y dilatar las transacciones para inscribir los bienes inmuebles, entre otros factores. Ademas, se ha criticado que la enmienda fue aprobada en la etapa de conferencia legislativa, sin tener la discusion requerida como parte del proceso de evaluacion de una medida.
“Tras evaluar detenidamente los planteamientos de la Asociacion, el Departamento de Justicia reconoce que el Articulo 86 de la Ley 52-2022 adolece de los defectos constitucionales que se alegan en la demanda”, lee la mocion presentada por el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernandez, al Tribunal de Primera Instancia de San Juan.
El Departamento de Justicia argumento, ademas, que en vista de que la Ley 52-2022 contiene una clausula de separabilidad, cualquier determinacion del tribunal declarando la inconstitucionalidad del Articulo 86 de dicho estatuto no afectara el resto de la Ley