Monotributo: reducen las cargas obligatorias para beneficiar a trabajadores informales – este medio : Entretenimiento de Argentina
El Gobierno nacional formalizo una serie de cambios en el regimen de monotributo para el trabajador independiente promovido, con una reduccion de las cargas obligatorias para que los trabajadores informales y vulnerables puedan acceder a la cobertura social.
El decreto 444/2023 publicado en el Boletin Oficial, oficializa el anuncio del mes pasado del ministro de Economia, Sergio Massa. El decreto fue publicado este martes en el Boletin Oficial, oficializa el anuncio del mes pasado del ministro de Economia, Sergio Massa.
El nuevo monotributo consiste en una modificacion del regimen previsto para el trabajador independiente promovido: personas que realizan actividades que no configuran una relacion de dependencia, y que representan su unica fuente de ingreso, sin capital propio y con la sola ayuda de los utiles y herramientas necesarios.
Entre los trabajadores encuadrados, se encuentran aquellas donde se elaboran o transforman materias primas en la via publica o en la casa del trabajador, es decir, sin un local estable.
Acopiadores, agricultores, artesanos, albañiles, apicultores, arrieros, canasteros, cementistas, changadores, chapistas, costureros, cocineros y cuidadores de vehiculos son algunas de las actividades contempladas.
Tambien pueden acceder a ese regimen dibujantes, enfermeros, esquiladores, floricultores, jardineros, lustradores, leñadores, pequeños productores agropecuarios, pintores, serenos, zapateros y vendedores ambulantes, entre otros.
En este regimen, las personas estan exentas del pago del impuesto integrado y solo se contempla el pago de una cuota de 5% mensual de lo facturado mensualmente que se destina a cuenta de los aportes jubilatorios. De forma opcional, ademas, pueden realizar un aporte para acceder a una obra social.
El decreto establece que, durante los primeros 36 meses a la adhesion al regimen, solo se pagara 1% de los ingresos brutos mensuales o el equivalente al 25% del aporte mensual al sistema previsional correspondiente, lo que resulte menor. Vencido el plazo, la cuota de inclusion social aumentara a 2,25% de los ingresos brutos mensuales.
El regimen preve que, una vez finalizado el año, los trabajadores cuyas cuotas hayan resultado inferior al aporte minimo anual de jubilaciones, puedan pagar la diferencia para ser considerados aportantes regulares.
Dicha diferencia, a partir del decreto de hoy, sera financiada por el Ministerio de Desarrollo Social en el caso de aquellos trabajadores inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economia Popular (Renatep).
Del mismo modo, el regimen, que hasta ahora no permitia su acceso a aquellos trabajadores que “perciban otros ingresos de cualquier naturaleza”, sera compatible desde ahora con los programas de caracter alimentario de Desarrollo Social.
Si bien el regimen impide la adhesion a aquellos trabajadores que hayan obtenido ingresos brutos superiores a la suma maxima prevista en la Categoria A del monotributo, el decreto de hoy permite el “diferimiento del pago de parte de las cotizaciones” a las que se encuentran obligados los contribuyentes que, si bien reunen las condiciones de vulnerabilidad previstas por el esquema, poseen ingresos que superan la suma maxima de la Categoria A pero son inferiores a los de la Categoria B.