Proponen un arancel universitario a extranjeros no residentes y examen a los secundarios – este medio : Entretenimiento de Argentina
Ambas medidas estan incluidas en la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” que el Ejecutivo envio al Congreso.
El proyecto de ley “omnibus” enviado este miercoles al Congreso por el Poder Ejecutivo establece que se podra tomar un “examen censal obligatorio” a todos los estudiantes de educacion secundaria “al finalizar sus estudios”, mientras que en materia de educacion superior propone que “las instituciones de gestion estatal y las universidades nacionales podran establecer aranceles” para extranjeros no residentes, ademas de la “evaluacion periodica” de los docentes.
La iniciativa “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” sustituye, en la Seccion I (articulo 548), el articulo 95 de la ley 26.206 de Educacion Nacional y agrega que a la evaluacion periodica de los alumnos “al finalizar los estudios de educacion secundaria el Estado Nacional tomara un examen censal obligatorio que mida los aprendizajes adquiridos y las capacidades desarrolladas por los adolescentes que egresan” y que “el alumno tendra derecho a conocer y recibir una certificacion del resultado”.
Ademas, modifica en el articulo 553 el articulo 2 bis de la ley 24.521 de Educacion Superior que dice que “los estudios de grado en las instituciones de educacion superior de gestion estatal son gratuitos e implican la prohibicion de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos”.
En su lugar, establece que “los estudios de grado en las instituciones de educacion superior de gestion estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opcion y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el pais, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos”.
Y agrega que “las instituciones de educacion superior de gestion estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomia, podran establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reunan los requisitos previstos en el parrafo primero”.
Tambien, el articulo 556 de la norma sustituye el articulo 58 de la ley de Educacion Superior y dispone que “el aporte del Estado Nacional para las instituciones de educacion superior universitaria de gestion estatal se distribuira en funcion del numero de estudiantes matriculados en cada institucion, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su area de formacion y tambien el numero de egresados y otros criterios que se definan”.
La norma vigente dice que “el aporte del Estado nacional para las instituciones de educacion superior universitaria de gestion estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningun caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administracion publica nacional”.
El proyecto en su articulo 552 establece que las provincias, “a cuyo cargo se encuentra la gestion de la educacion en los distintos niveles, acordaran cada una de ellas en su jurisdiccion, las condiciones laborales, el calendario educativo, el salario minimo docente y la carrera docente”.
El articulo 545 incorpora el inciso J del articulo 76 (formacion docente, ley 26.206), que propone “evaluar a los docentes que se incorporan a la docencia mediante un examen que certifique los capacidades y conocimientos adquiridos”.
Asimismo, “la evaluacion periodica sera una condicion y un aliciente para poder desempeñarse como docente en el pais”.
El texto incorpora el inciso K para “revalidar las capacidades y conocimientos de docentes cada cinco años mediante un proceso de evaluacion continua”.
Los alcances del proyecto
El proyecto presentado esta tarde tiene como objetivo “promover la iniciativa privada, asi como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un regimen juridico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nacion y limite toda intervencion estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales”, dice en su articulo 1.
Contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo Nacional de emergencia publica en materia economica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energetica, sanitaria y social, con especificacion de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo especificamente previsto.
Los propositos de la iniciativa son “la promocion del derecho fundamental a la libertad individual”.
“Los habitantes de la Nacion tienen derecho a ejercer sus libertades sin injerencias indebidas por parte del Estado” (inciso a, articulo 2), dispone.
El texto, que abarca una serie de iniciativas contempladas en el DNU que firmo el presidente Javier Milei la semana pasada, fija que el plazo para la emergencia podra ser prorrogado por el Ejecutivo por el plazo maximo de dos años.
La iniciativa esta firmada por Milei, el jefe de Gabinete Nicolas Posse, y todos los ministros, y consta de 183 paginas y 664 articulos.