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la sinuosa instruccion de Peinado hasta el juicio a Begoña Gomez – Pitirre

Posted On 2026-06-21
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La instruccion del juez Juan Carlos Peinado sobre la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gomez, ha estado marcada por numerosos altibajos, polemicas y bandazos que han llegado a su fin este sabado 20 de junio de 2026. Despues de casi dos años de instruccion, el magistrado ha dictaminado la apertura de juicio oral contra Gomez, Cristina Álvarez – su asistente – y el empresario Juan Carlos Barrabes en el que impone a la esposa del presidente del Gobierno estrictas medidas cautelares que van desde la retirada de todos los pasaportes que disponga, la prohibicion de abandonar el pais y comparecencias periodicas en el juzgado, segun el auto al que ha tenido acceso este medio. 

El magistrado esta cerca de la jubilacion y, antes de soltar definitivamente el caso y enviar a la mujer del jefe del Ejecutivo a juicio oral, ha hecho del Juzgado de Instruccion numero 41 de Madrid el escenario de un rocambolesco procedimiento. Antes de las ultimas diligencias, el magistrado abrio una nueva pieza separada contra Begoña Gomez por un presunto delito de prevaricacion y otro de fraude a los intereses de la Union Europea que tuvo que rectificar casi de inmediato, pero no fue, ni mucho menos, la unica.

Esta ultima causa se centraba en un contrato adjudicado por la compañia publica Red.es a una union temporal de empresas (UTE) formada por Innova Next, propiedad de Juan Carlos Barrabes, y la consultora KMPG, un expediente que conto con la financiacion de los fondos Feder. No obstante, en la misma mañana que lanzaba la separata, Peinado optaba por rectificar y, aunque mantiene esta pieza separada vinculada al caso principal, decidio excluir a Begoña Gomez de las investigaciones que se abriran para esclarecer si pudo darse o no estos presuntos delitos de prevaricacion y fraude. El contrato sobre el que se pone la lupa se trata de un expediente de adjudicacion sobre el que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sembro sospechas y que la Fiscalia Europea queria investigar en el marco del procedimiento donde la mujer del presidente del Gobierno declaro hace unos meses como testigo.

No obstante, la Audiencia Nacional daba la razon a Juan Carlos Barrabes y señalaba que ese contrato debia de examinarse en el Juzgado de Instruccion 41 de Madrid para que sea esta instancia la que valore si lo investiga y que el procedimiento no corresponda a la Fiscalia Europea. Es por ello que, el titular de ese juzgado, Juan Carlos Peinado, comunicaba esta mañana que decidia abrir una pieza separada con la documentacion remitida por la Fiscalia Europea «para la investigacion de los hechos» y llamaba a la Fiscalia de Madrid a pronunciarse sobre si son delictivos o no, pero rectificando y dejando a la mujer del presidente del Gobierno fuera de las investigaciones. Todo ello, no obstante, ha quedado en un segundo plano en la jornada del sabado, cuando Peinado ha decidido imponer las citadas medidas cautelares, que daban un vuelco total al caso.

Los tirones de orejas y correcciones de la Audiencia de Madrid

La rectificacion de Peinado y la posterior apertura de juicio a Begoña Gomez han llegado en las fases mas tardias de la instruccion, pero antes de llegar hasta tal punto, la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado en varias ocasiones las decisiones del magistrado por considerarlas inapropiadas o irrelevantes para el desarrollo de la causa o por no contar con las suficientes pruebas. Por ejemplo, hace cuatro meses, en febrero, el citado organismo anulaba la decision del juez de enviar a Begoña Gomez a un jurado popular. En un auto al que tuvo acceso este medio, la Justicia subraya que el magistrado no justifico de forma suficiente sus argumentos para decretar el avance procesal y ordeno retrotraer las actuaciones a un momento previo a la transformacion del procedimiento en el del tribunal del jurado.

En linea con ello, los magistrados de la Audiencia Provincial concluyeron que no era suficiente con aludir de forma «generica» a la existencia de indicios. Por ello, añadian que era necesario señalar que conductas se atribuyen a cada investigado, asi como la base indiciaria que sustenta la imputacion de delitos como malversacion o trafico de influencias. «No es de recibo indicar, tras año y medio de instruccion, que para la incoacion del procedimiento basta la mera verosimilitud y que esta ya ha sido avalada en diversas ocasiones por la esta Sala, respecto de unos hechos que presentaban base objetiva suficiente, pero en absoluto ha podido anticipar la consistencia de tesis hasta el punto de hablar de indicios racionales de criminalidad», rezaba el auto.

De la misma forma, los magistrados de la Audiencia de Madrid añadian que «los cuatro autos que se comprenden en esta resolucion, carecen de la necesaria fundamentacion, unicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosimiles a los que hacemos referencia, consecuentemente». «Se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, situacion a la que es de aplicacion, la doctrina que emana de las sentencias (STS 72/2009, de 29 de enero; 26-7-2011, nº 857/2011), relativas al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva,que incluye la de obtener una resolucion debidamente motivada», agregaban entonces.

La Audiencia Provincial de Madrid tambien revoco la decision del juez Juan Carlos Peinado de recabar todos los correos de su investigada. El magistrado tenia la intencion de hacer una labor exhaustiva de analisis de los e-mails desde los ultimos siete años hasta la fecha actual, es decir, desde 2018. Los jueces del tribunal consideraron que el magistrado instructor debio redactar un auto con su motivacion especifica en vez de tomar esta decision con una providencia. Los magistrados de la Audiencia de Madrid reprocharon al juez Peinado que no haya razonado en detalle esta motivacion y, al mismo tiempo, anularon la orden de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil elabore un informe sobre el contenido de estos correos. Expresamente, los jueces del tribunal señalaron que el magistrado instructor «no hace mencion a ninguno de los requisitos exigidos», por lo que tacharon la decision de «medida carente de la justificacion necesaria» para llevarse a cabo, incumpliendo al tiempo «los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad» que deben imperar en el desarrollo de la causa.

De la misma manera, la Audiencia  de Madrid tuvo que corregir al magistrado para que anulase la imputacion que recaia sobre el delegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Francisco Martin. En la decision, los magistrados alegan que Peinado se baso en «meras suposiciones sin el mas minimo indicio de responsabilidad» para investigar al delegado. «Tratandose de meras suposiciones, sin que se aporte el mas minimo indicio de responsabilidad, procede acordar la inadmision de la querella respecto del citado Francisco Martin Aguirre», defendia el organismo provincial.

El pasado mes de mayo, el juez imputaba a Martin por su presunta participacion en la contratacion de la asistente de la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sanchez. En dicha imputacion, Peinado le atribuia al delegado del Gobierno un presunto delito de malversacion de caudales publicos, trafico de influencias y prevaricacion administrativa al haber admitido a tramite una querella en la que le relaciona con el contrato de Cristina Álvarez para trabajar en Moncloa junto a Gomez. Dicha querella fue interpuesta por Vox y recayo en el Juzgado de Instruccion numero 7 de Madrid, el cual se inhibio a favor de Peinado al entender el vinculo con el conjunto de todo lo que engloba al caso de Gomez.

En esta misma linea, segun rezaba el auto del juez Peinado, señalaba que si que procedia admitir a tramite la querella contra el delegado del Gobierno «por su aparente participacion en el nombramiento» de la asesora de Gomez «en el ejercicio de sus funciones privadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y, por tanto, con fondos de naturaleza publica», focalizandose esta demanda en «fundamentalmente, en el nombramiento, funciones y actividades» de Álvarez ostentando dicho cargo. La Abogacia del Estado, por su parte, solicito el sobreseimiento para Martin Aguirre en la pieza separada que investiga si hubo un uso indebido de dinero publico en la contratacion de Álvarez y en las funciones que habria desempeñado para la esposa del presidente del Gobierno, y subrayaron que el delegado del Gobierno no pudo intervenir de modo alguno en el nombramiento de la asesora porque la designacion de Álvarez se remonta a julio de 2018, cuando Martin Aguirre aun no ocupaba su actual cargo.

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